Álamo & Antúnez Abogados
Volver al inicioTSJ Región de Murcia · Doctrina Obadal

Abogado para reclamar tu plaza fija como funcionario interino en Murcia

Reclamación de plaza fija ante el Tribunal Superior de Justicia de Región de Murciaal amparo de la sentencia STJUE C-418/24 Obadal de 14 de abril de 2026. Especial dedicación al sector dominante en Región de Murcia: sanidad y educación públicas.

Respuesta directa: Los funcionarios interinos y el personal estatutario temporal con destino o vinculación administrativa en Murcia pueden reclamar su plaza fija(técnicamente «fijeza») ante el Tribunal Superior de Justicia de Región de Murcia en el plazo de 2 meses desde la notificación del acto lesivo, al amparo de la sentencia STJUE C-418/24 Obadal. Álamo & Antúnez Abogados tramita el procedimiento mediante representación procesal local en Murcia sin coste adicional.

Qué hacemos en Murcia

Tu demanda ante el
TSJ de Región de Murcia

Análisis

Viabilidad del caso

Estudiamos tu cadena de nombramientos como interino en Murcia, la naturaleza estructural de tu plaza y los plazos legales aplicables.

Reclamación previa

Ante la administración competente

Formulamos la reclamación previa invocando la doctrina Obadal y la Directiva 1999/70/CE ante la administración empleadora con sede en Región de Murcia.

Demanda

Recurso ante el TSJ de Región de Murcia

Interponemos la demanda contencioso-administrativa con procurador local. Defensa íntegra hasta sentencia firme.

Recursos

Casación si procede

Articulación del caso ante el Tribunal Supremo en supuestos doctrinalmente relevantes para unificación de criterio post-Obadal.

Sector dominante en Región de Murcia

El mayor volumen de personal interino en Región de Murcia se concentra en sanidad y educación públicas, con especial relevancia del organismo SMS — Servicio Murciano de Salud. Si tu caso pertenece a este ámbito puedes consultar el análisis específico en el hub sectorial correspondiente:

Normativa aplicable
STJUE C-418/24 Obadal (14 abril 2026) — Gran Sala
STJUE C-331/22 y C-332/22 (13 junio 2024)
STJUE C-103/18 Sánchez Ruiz (19 marzo 2020)
Directiva 1999/70/CE — Acuerdo Marco CES-UNICE-CEEP
Ley 20/2021 — proceso de estabilización
TREBEP — Estatuto Básico del Empleado Público
Ley 29/1998 — Jurisdicción Contencioso-Administrativa
Jurisdicción competente
TSJ de Región de Murcia
Plazo legal

2 meses desde el acto lesivo

El cómputo se inicia desde la notificación del cese, denegación de fijeza o silencio negativo.

Preguntas frecuentes · interinos en Murcia

¿Dónde se interpone la demanda de fijeza en Murcia?
Ante el Tribunal Superior de Justicia de Región de Murcia, que es el órgano contencioso-administrativo competente para conocer las reclamaciones de personal al servicio de las administraciones públicas con sede o ámbito en Murcia.
¿Qué plazo tengo para reclamar como interino en Murcia?
El plazo general en la vía contencioso-administrativa es de 2 meses desde la notificación del acto lesivo (cese, denegación de fijeza, no inclusión en proceso de estabilización). En supuestos de silencio administrativo se computa desde que se entienda producida la desestimación. Un día fuera de plazo invalida la reclamación.
¿Cuál es el sector con más interinos en Región de Murcia?
En Región de Murcia el peso mayoritario de personal interino se concentra en sanidad y educación públicas, con organismos como SMS — Servicio Murciano de Salud. La sentencia STJUE C-418/24 Obadal se aplica de forma directa a estos colectivos.
¿Tengo que desplazarme a Tenerife para contratar el despacho?
No. Toda la gestión se hace por videollamada, email y WhatsApp. La representación procesal ante el TSJ de Región de Murcia la asume un procurador local de Murcia sin coste adicional para el cliente.
¿Qué pasa si me han cesado en los últimos días?
El cese reciente activa el plazo de 2 meses para la reclamación contencioso-administrativa. Es uno de los supuestos con mayor urgencia procesal. Conviene contactar de forma inmediata para no perder el plazo legal.
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