Álamo & Antúnez Abogados
Volver al inicioTSJ La Rioja · Doctrina Obadal

Abogado para reclamar tu plaza fija como funcionario interino en La Rioja

Reclamación de plaza fija ante el Tribunal Superior de Justicia de La Riojaal amparo de la sentencia STJUE C-418/24 Obadal de 14 de abril de 2026. Especial dedicación al sector dominante en La Rioja: sanidad y educación públicas.

Respuesta directa: Los funcionarios interinos y el personal estatutario temporal con destino o vinculación administrativa en La Rioja pueden reclamar su plaza fija(técnicamente «fijeza») ante el Tribunal Superior de Justicia de La Rioja en el plazo de 2 meses desde la notificación del acto lesivo, al amparo de la sentencia STJUE C-418/24 Obadal. Álamo & Antúnez Abogados tramita el procedimiento mediante representación procesal local en Logroño sin coste adicional.

Qué hacemos en La Rioja

Tu demanda ante el
TSJ de La Rioja

Análisis

Viabilidad del caso

Estudiamos tu cadena de nombramientos como interino en La Rioja, la naturaleza estructural de tu plaza y los plazos legales aplicables.

Reclamación previa

Ante la administración competente

Formulamos la reclamación previa invocando la doctrina Obadal y la Directiva 1999/70/CE ante la administración empleadora con sede en La Rioja.

Demanda

Recurso ante el TSJ de La Rioja

Interponemos la demanda contencioso-administrativa con procurador local. Defensa íntegra hasta sentencia firme.

Recursos

Casación si procede

Articulación del caso ante el Tribunal Supremo en supuestos doctrinalmente relevantes para unificación de criterio post-Obadal.

Sector dominante en La Rioja

El mayor volumen de personal interino en La Rioja se concentra en sanidad y educación públicas, con especial relevancia del organismo SERIS — Servicio Riojano de Salud. Si tu caso pertenece a este ámbito puedes consultar el análisis específico en el hub sectorial correspondiente:

Normativa aplicable
STJUE C-418/24 Obadal (14 abril 2026) — Gran Sala
STJUE C-331/22 y C-332/22 (13 junio 2024)
STJUE C-103/18 Sánchez Ruiz (19 marzo 2020)
Directiva 1999/70/CE — Acuerdo Marco CES-UNICE-CEEP
Ley 20/2021 — proceso de estabilización
TREBEP — Estatuto Básico del Empleado Público
Ley 29/1998 — Jurisdicción Contencioso-Administrativa
Jurisdicción competente
TSJ de La Rioja
Plazo legal

2 meses desde el acto lesivo

El cómputo se inicia desde la notificación del cese, denegación de fijeza o silencio negativo.

Preguntas frecuentes · interinos en La Rioja

¿Dónde se interpone la demanda de fijeza en La Rioja?
Ante el Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, que es el órgano contencioso-administrativo competente para conocer las reclamaciones de personal al servicio de las administraciones públicas con sede o ámbito en La Rioja.
¿Qué plazo tengo para reclamar como interino en La Rioja?
El plazo general en la vía contencioso-administrativa es de 2 meses desde la notificación del acto lesivo (cese, denegación de fijeza, no inclusión en proceso de estabilización). En supuestos de silencio administrativo se computa desde que se entienda producida la desestimación. Un día fuera de plazo invalida la reclamación.
¿Cuál es el sector con más interinos en La Rioja?
En La Rioja el peso mayoritario de personal interino se concentra en sanidad y educación públicas, con organismos como SERIS — Servicio Riojano de Salud. La sentencia STJUE C-418/24 Obadal se aplica de forma directa a estos colectivos.
¿Tengo que desplazarme a Tenerife para contratar el despacho?
No. Toda la gestión se hace por videollamada, email y WhatsApp. La representación procesal ante el TSJ de La Rioja la asume un procurador local de Logroño sin coste adicional para el cliente.
¿Qué pasa si me han cesado en los últimos días?
El cese reciente activa el plazo de 2 meses para la reclamación contencioso-administrativa. Es uno de los supuestos con mayor urgencia procesal. Conviene contactar de forma inmediata para no perder el plazo legal.
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